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Coste del aval de SOGARPO
 


Con carácter general, en los avales financieros, la comisión anual de aval equivale a un porcentaje sobre el saldo vivo o el límite del crédito. Este porcentaje oscila entre el 1% y el 2%. Los gastos de estudio ascienden al 0,5% - 1% del importe del aval (*).

(*) En la Línea de Ayudas para Mujeres Empresarias y Emprendedoras, se posibilita la bonificación de los costes de la comisión de estudio.

Es necesaria la suscripción de participaciones sociales por un importe de entre el 3% y el 4% sobre el nominal del préstamo, cantidad que se recuperaría íntegramente al cancelarse el aval. El capital se deposita de la siguiente forma: 120,20€ en concepto de participación como socio de Sogarpo, que se abonará a la entrega de la documentación para su estudio. El importe restante hasta completar el depósito total se abonará el día que se formalice la operación.

En los avales no financieros, los gastos de estudio ascienden al 0,50% del importe del aval. La comisión de las fianzas definitivas en los avales técnicos asciende al 0,75% anual sobre el importe del aval y la de las fianzas provisionales asciende al 0,25% anual sobre el mismo. La comisión del aval económico puede suponer hasta el 1,5% sobre el montante del aval de SOGARPO. El importe mínimo de comisión por aval es 12 euros.

En cuanto a la suscripción de participaciones sociales, en los avales no financieros supone el 2% sobre el nominal del aval. El capital se deposita de la siguiente forma: 120,20€ en concepto de participación como socio de SOGARPO, que se abonará a la entrega de la documentación para su estudio. El importe restante hasta completar el depósito total se abonará el día que se formalice la operación.

 
 

SEDE CENTRAL

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Tel.: +34 986 228 053  
E-mail: pontevedra@sogarpo.es

DELEGACIÓN EN OURENSE

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INVIERNO (1 octubre - 31 mayo)
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Miércoles-viernes: 08:00h a 15:00h

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Sogarpo es entidad

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Esta garantía es posible gracias a los fondos aportados a CERSA por parte del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo con cargo a Presupuestos Generales del Estado.

La comunicación y la visibilidad son una parte importante de todos los programas impulsados y financiados por la UE, que busca crear un sentimiento de pertenencia entre la población europea y que los ciudadanos conozcan la labor de Unión Europea para mejorar su calidad de vida, la sostenibilidad económica y medioambiental y el futuro.

Así, la Comisión Europea ha elaborado una guía con las acciones que se pueden llevar a cabo para garantizar la visibilidad de todos los fondos de la UE y su materialización en proyectos concretos. También ha publicado un libro de estilo interinstitucional para la inserción del emblema de la UE en las distintas acciones y las referencias al origen de fondos según el programa.
Por su parte, el Gobierno de España recoge las obligaciones de comunicaciones vinculadas con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y los fondos europeos en la Orden 1030/2021, de 29 de septiembre, y ha puesto a disposición de los participantes en el plan un Manual de Marca.

Las obligaciones de comunicación y visibilidad son jurídicamente vinculantes para los receptores de la financiación de la Unión Europea (UE) Estas obligaciones de comunicación lo son tanto para las entidades decisoras como ejecutoras del plan, dado que el ámbito objetivo de aplicación de las órdenes es para todas ellas, independientemente de la Administración en que se sitúen.

 

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