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ICO-GARANTÍA SGR
 

ICO GARANTÍA SGR/SAECA

Clientes

Para inversiones realizadas en territorio nacional y/o necesidades de liquidez, podrán solicitar esta financiación: autónomos, empresas públicas y privadas que cuenten con el aval de una SGR o SAECA, con independencia de su domicilio social o fiscal y de la nacionalidad de su capital.

Para inversiones realizadas fuera del territorio nacional y/o necesidades de liquidez, podrán solicitar esta financiación, los autónomos, empresas y entidades públicas y privadas españolas (fundaciones, ONG´s, Administraciones Públicas…) que cuenten con el aval de una SGR o de SAECA, incluyéndose tanto las domiciliadas en España como las domiciliadas en el extranjero que tengan al menos un 30% de capital de empresa española.

Conceptos financiables

La financiación podrá destinarse a:

  • Necesidades de liquidez: gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.
  • Inversiones dentro y fuera de territorio nacional:
    - Adquisición de activos fijos nuevos o de segunda mano.
    - Vehículos turismos e industriales.
    - Adecuación y reforma de instalaciones.
    - Adquisición de empresas.
    - Creación de empresas.

Dónde se puede solicitar la financiación

En la SGR, en SAECA o en cualquiera de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto. Puede consultar el listado completo de entidades de crédito a las que se puede dirigir en el apartado “Donde solicitar” que figura en la ficha de producto.

En la dirección http://www.cesgar.es puede consultar el listado de Sociedades de Garantía Recíproca operativas en cada una de las Comunidades Autónomas.

Concesión de la financiación

La SGR/SAECA y la Entidad de Crédito en las que se presenta la solicitud son las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación.

Importe máximo por cliente

El importe máximo por cliente y año es de 2 millones de euros, en una o varias operaciones.

Modalidad de la operación

La financiación podrá formalizarse bajo la modalidad de préstamo o leasing o línea de crédito.

Porcentaje de la operación avalado por la SGR/SAECA

La SGR/SAECA podrá decidir el importe de la operación que avalan, pudiendo llegar hasta el 100% de la misma.

Porcentaje del proyecto de inversión que se puede financiar a través de este producto

Cuando la financiación solicitada se destine a Inversión, se podrá financiar hasta el 100% del proyecto.

Plazo de amortización y carencia

  • De 1 hasta 6 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
  • De 7 hasta 9 años con 0, 1 ó 2 años de carencia
  • De 10, 12 y 15 años con 0, 1, 2 ó 3 años de carencia

Tipo de interés

El cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable.

Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido en el contrato de financiación.

Comisiones y gastos

La SGR o SAECA podrá aplicar hasta el 0,50% sobre el importe avalado de la operación en concepto de comisión de estudio. Además la Entidad de Crédito podrá aplicar una comisión al inicio de la operación.

En caso de amortización anticipada voluntaria se cobrará una comisión sobre el importe cancelado que con carácter general será del 1% sobre el importe cancelado cuando la operación se haya formalizado a tipo fijo. Cuando se haya formalizado a tipo variable, se aplicará una comisión máxima del 0,8% y mínima del 0,05%, en función de la vida residual de la operación en la fecha de liquidación de la amortización. Ampliar información sobre la cancelación anticipada del préstamo.

En caso de amortización anticipada obligatoria, se devengará una comisión en concepto de penalización del 2% sobre el importe indebidamente formalizado.

Coste anual máximo de la operación

El coste anual máximo aplicable a la operación estará compuesto por el importe de la comisión inicial y el tipo de interés que establezca la Entidad de Crédito, más el coste de aval de la SGR/SAECA. El coste anual máximo de la operación no podrá superar los límites siguientes:

  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo fijo o variable más hasta 2,30 %
  • Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo fijo o variable más hasta 4,00%.
  • Para operaciones a un plazo igual o superior a 5 años: tipo fijo o variable más hasta 4,30%

A efectos de calcular este coste anual máximo, no se tendrá en cuenta la comisión por estudio/apertura aplicada al cliente.

En el apartado “TAE” que figura en la ficha del producto en www.ico.es, podrá consultar el coste anual máximo para el cliente según el plazo que se puede aplicar a las nuevas operaciones que se formalicen dentro de esta Línea. Este coste anual máximo se actualiza con carácter quincenal.

Coste en concepto de cuota mutualista de la SGR

La SGR podrá cobrar al cliente una cuota de hasta un 4% del importe de financiación avalado en concepto de cuota social mutualista, que se abonará de una sola vez al inicio de la operación. Este importe es reembolsado al cliente una vez que se termine su relación con la SGR. SAECA no aplica cuota mutualista.

Garantías

La SGR, SAECA y la Entidad de Crédito analizarán la solicitud de financiación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determinarán las garantías a aportar.

Compatibilidad de esta financiación con las ayudas que conceden otros organismos

Esta financiación es compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones.

Documentación

El cliente tendrá que presentar la documentación que cada SGR/SAECA y Entidad de Crédito consideren necesaria para estudiar la operación.

Vigencia

El cliente podrá formalizar operaciones con la Entidad de Crédito durante todo el año 2021.

ICO-GARANTÍA SGR/SAECA 2021

Web ICO

 

 

 

 
 
 
 

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Esta garantía es posible gracias a los fondos aportados a CERSA por parte del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo con cargo a Presupuestos Generales del Estado.

La comunicación y la visibilidad son una parte importante de todos los programas impulsados y financiados por la UE, que busca crear un sentimiento de pertenencia entre la población europea y que los ciudadanos conozcan la labor de Unión Europea para mejorar su calidad de vida, la sostenibilidad económica y medioambiental y el futuro.

Así, la Comisión Europea ha elaborado una guía con las acciones que se pueden llevar a cabo para garantizar la visibilidad de todos los fondos de la UE y su materialización en proyectos concretos. También ha publicado un libro de estilo interinstitucional para la inserción del emblema de la UE en las distintas acciones y las referencias al origen de fondos según el programa.
Por su parte, el Gobierno de España recoge las obligaciones de comunicaciones vinculadas con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y los fondos europeos en la Orden 1030/2021, de 29 de septiembre, y ha puesto a disposición de los participantes en el plan un Manual de Marca.

Las obligaciones de comunicación y visibilidad son jurídicamente vinculantes para los receptores de la financiación de la Unión Europea (UE) Estas obligaciones de comunicación lo son tanto para las entidades decisoras como ejecutoras del plan, dado que el ámbito objetivo de aplicación de las órdenes es para todas ellas, independientemente de la Administración en que se sitúen.

 

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