Para plantear el estudio de una operación de solicitud de aval, la empresa solicitante deberá:
- Ser una pequeña o mediana empresa conforme a la normativa comunitaria.
(Recomendación 20037361/CEE), su plantilla media anual no debe ser superior a 250 trabajadores.
- Tener el domicilio social de la empresa radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Estar al corriente de los pagos con la Seguridad Social.
- Estar al corriente de los pagos con la Agencia Tributaria.
- No estar en situación de concurso de acreedores.
- No estar en situación de disolución legal.
A cambio de la garantía de SOGARPO, el socio debe aportar:
La cuota de capital necesaria para obtener la condición de socio: una participación social de 120,20 €. Se puede recuperar el capital desembolsado causando baja como socio, siempre que no haya una operación de aval en vigor. |